Presidente
Eduardo García MorillaVicepresidente (en funciones)
Alejandro Lobato AlvarezSecretario
Jorge García GarcíaVicesecretaria
Elena Martinez GarciaTesorero
Juan Carlos Martinez SanchezVicetesorero
Alejandro Lobato ÁlvarezVocales
Funciones
La Junta de Gobierno tendrá como misión la dirección y administración del Colegio, según las normas de los Estatutos y de su Reglamento interno.
Serán elegibles, como miembros de la J.G., todos/as los/las colegiados/as al corriente de sus obligaciones, con un año de colegiación, como mínimo, que ejerzan la profesión y que no estén incursos/as en prohibición e incapacidad legal o estatutaria.
La Junta de Gobierno se reunirá de forma ordinaria una vez al mes, convocada por el/la Presidente/a, y con carácter extraordinario, cuantas veces sea necesario, siendo obligatoria la asistencia de todos sus miembros.
Son facultades de la Junta de Gobierno, las siguientes:
- El acuerdo para la adquisición, denegación y pérdida de la condición de colegiad@s y clases de l@s mism@s.
- La defensa de los intereses y prestigio del Colegio y de l@s colegiad@s.
Velar por la buena conducta profesional. - La organización entre l@s colegiad@s de los turnos profesionales de trabajo.
- El ejercicio de las facultades disciplinarias que le correspondan.
- La confección periódica de la lista de colegiad@s.
- La promoción de la formación de comisiones para el estudio de asuntos que incumban al Colegio.
- Impedir el ejercicio de la profesión a quienes no reúnan las condiciones de orden legal establecidas al efecto.
- La recaudación y administración de los fondos del Colegio.
- El nombramiento y separación del personal administrativo del Colegio.
- La convocatoria a elección de los cargos de la Junta de Gobierno.
- El acuerdo para la celebración de Asambleas generales ordinarias y extraordinarias.
- La organización del sistema para la realización del visado de trabajos profesionales, separando para ello la comisión correspondiente y delegando las funciones y práctica del visado en ella.
- La adopción de cuantas medidas se crean pertinentes para el cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo General.
- La forma de aprobación de las actas, estableciendo el procedimiento de autenticidad y agilidad para la inmediata ejecución de los acuerdos.
- Todas las demás atribuciones que se le señalen en los Estatutos generales y en los Reglamentos internos del Colegio.